InicioServiciosLegalización de Apertura de Libros
Legalización de Apertura de Libros
Detalle
Detalle

Toda empresa debe abrir sus libros contables y registros necesarios al momento de entrar en funcionamiento para suministrar información sobre la marcha del negocio, los libros solo tienen valor a partir de su legalización y este trámite debe efectuarse ante un notario.

Requisitos
Requisitos

REQUISITOS PERSONA JURÍDICA:

  • Ficha R.U.C. (2 meses ant.)
  • Vigencia de Poder o Copia Literal de la Empresa actualizada (2 meses ant.) // En el caso de Libros Societarios (Actas, Matriculas, etc) deberá traer la “Copia Literal” (02 meses ant)
  • Copia del documento de Identidad del Representante legal.
  • Si se trata del libro de actas, matrícula de acciones, padrón de asociados o cualquier libro societario únicamente podrá ser solicitado por el Gerente General//Titular Gerente // Presidente o Representante Legal.
  • Si se trata de una continuación de libro, deberá adjuntar el original y la copia del libro anterior (apertura y último Folio terminado o anulado)
  • Si se trata de una perdida de libro, adjuntar el original de la Denuncia Policial con los datos exactos del libro y la comunicación a la SUNAT sobre la pérdida del mismo.
  • Si se trata de la pérdida del libro de Actas, deberán adjuntar la Denuncia Policial con los datos exactos del libro perdido y el acuerdo que indique el extravío del libro y apertura del siguiente, debidamente firmado por todos los socios. (Firmas legalizadas notarialmente).
  • En caso lo solicite un tercero, deberá traer carta poder con firma y huella del Gerente General//Titular Gerente//Presidente, donde indique los libros a legalizar (no aplica para libros societarios)

NOTA: EN EL CASO DE HOJAS SUELTAS, DEBERÁN DE TRAERLAS NUMERADAS.:

SOLICITUD DE APERTURA DE LIBROS – PERSONAS JURIDICAS

REQUISITOS DE PERSONA NATURAL:

  • Ficha R.U.C. (02 meses máximo de antigüedad)
  • Copia del documento de Identidad de la persona Natural.
  • Si se trata de una continuación de libro, deberá adjuntar el original y la copia del libro anterior (apertura y último Folio terminado o anulado)
  • Si se trata de una perdida de libro, adjuntar el original de la Denuncia Policial con los datos exactos del libro y la comunicación a la SUNAT sobre la pérdida del mismo.
  • En caso lo solicite un tercero, deberá traer carta poder con firma y huella del titular, donde indique los libros a legalizar.

NOTA: EN EL CASO DE HOJAS SUELTAS, DEBERÁN DE TRAERLAS NUMERADAS.

SOLICITUD DE APERTURA DE LIBROS – PERSONAS NATURALES